Un análisis a la seguridad privada en Argentina.



En Argentina el marco regulatorio de lo que la seguridad privada consterne tiene las complejidades inherentes a la legislación de un país federal. En Argentina existen 24 provincias y su capital que es Buenos Aires, cada una de estas provincias tiene jurisdicciones que posee un ordenamiento que se especifica en la materia.

Su principal punto estratégico se basa en que la actividad es considerada privada pero se basa en el interés público, al no ser propiedad de ninguna delegación del Estado, las empresas de seguridad entienden que en contexto pasa a ser un negocio con termino privados pero a su vez saben que tienen obligación de ayudar en colaboración con la autoridad pública.

En Argentina existen dos oficiales de seguridad privada por cada policía, por lo que no es tan desproporcionado como suele suceder en otros países, aunque no existan políticas activas en este segmento la importancia de esto se vincula a su tamaño y crecimiento.

En las ultimas décadas los servicios de seguridad privada han tenido un muy considerable aumento en especial la seguridad electrónica, ya que su tasa anual es de alrededor de un 20-25%.

La mayoría son empresas medianas y pequeña (PYMES) que cuentan con un aproximado de 100 empleados o menos, siendo asi son otras muy pocas empresas las que cuentan con alrededor de entre 1000 o 5000 empleados, talvez no les suene a muchas aun pero según la Camara Argentina de las empresas de seguridad e investigaciones (CAESI por sus siglas) hay alrededor de 1200 empresas de seguridad en todo el país.

Y estas empresas emplean alrededor de 140.000 guardias en forma legal y el 80% se encuentran en la Capital federal y en Buenos Aires, según se estima son alrededor de entre 75.000 a 110.000 los guardias contratados de forma ilegal, todo esto nos hace marcar aun mas la necesidad de buscar formas de capacitación para este personal ya que el anexo 2 del decreto 1002/99 establece que los cursos de capacitación debe durar 100 horas, en la cual se ver incluir primeros auxilios, nociones legales tiro y armas, y solo puede ser impartida por centros de capacitación para vigilantes o bien por Secretaria de Interior del Ministerio de Interior, las autoridades jurisdiccionales o bien por RENAR.

Los guardias de seguridad son personas civiles que están regidos por la ley nacional de la tenencia de armas, además la ley nacional discrimina 3 tipos de armas de fuego las cuales son: las armas de uso civil, las armas de guerra y las armas civil de uso condicional. Cada una de estas armas tienen un usuario legitimo, en caso de las armas de guerra su usuario legitimo son los policías de seguridad y miembros de las fuerzas armadas, aunque debemos aclarar que si se es un usuario de las armas de uso civil condicional puede tener acceso a las armas de guerra.

Los usuarios de armas de uso civil condicional son aquellos que viven en regiones de escaza vigilancia, los que se dedican a la caza mayor, miembros de asociaciones de tito, asociaciones de tiro, etc que cuentan con un material que es clasificado como uso especial y uso civil condicional.

El organismo que se encarga de levar a cabo la tarea de supervicion y coordinación de la actividad de seguridad privada en todo el país es la Secretaria de Seguridad Interior y el RENAR y a su vez deben llevar un registro de las personas físicas y jurídicas que hayan obtenido el permiso otorgado por las autoridades para la prestación de servicios de los servicios de la seguridad privada.

Las autoridades designadas en las respectivas jurisdicciones son las que tienen la responsabilidad de fiscalizar habilitar y controlar a las personas jurídicas o físicas que prestan los servicios de seguridad. Y el RENAR es el encargado de llevar el registro de todas las personas físicas o jurídicas que hayan obtenido la habilitación para prestar los servicios privados de seguridad, custodio asi también de las armas de fuego, los vehículos blindados, y demás materiales que son controlados por la ley.