Explorando la seguridad privada de El Salvador



La seguridad privada en El Salvador se ha desarrollado significativamente tras finalizar el conflicto armado. La ley creada en 1994 que regulaba a todas estas empresas fue derogada por la actual (Decreto 227 de 24 de enero de 2001) llamada Ley de los Servicios de Seguridad Privada, esta normativa dictamina que le corresponderá al Ministerio de Seguridad Pública y Justicia, por medio de la Policía Nacional Civil, el control y el registro de las actividades de estas empresas.

Por esto la ley ha creado la División de Registro y Control de Servicios Privados de Seguridad de la PNC, que es la encargada de controlar y supervisar el funcionamiento de las empresas de seguridad autorizadas a prestar servicios de seguridad.

El permiso de funcionamiento dura solamente tres años y puede ser renovada por periodos iguales, en cuanto a supervisar y controlar las empresas de seguridad, la PNC con una previa coordinación con las empresas o agencias de servicios de seguridad realizan una inspección por año e inspecciones eventuales sin aviso previo.

La ley ha estipulado una serie de sanciones a las empresas que cometan infracciones a la misma ley.

Las infracciones que estipula la ley se dividen en 3 basadas en el Art. 47: primera: Faltas leves: Se sancionan con una multa que es equivalente de dos a diez salarios mínimos mensuales. Segunda: Faltas graves: Serán sancionadas con una multa que es equivalente de once a sesenta salarios mínimos mensuales. Tercera: Faltas muy graves: Serán sancionados con la cancelación definitiva de la autorización para operar como empresa de seguridad.

La ley también ha detallado que los miembros activos de la Policía Nacional Civil no podrán ser propietarios, accionistas o contratistas de Agencias o Empresas Privadas de Seguridad, el Director General de la Policía Nacional Civil, el Ministro de Seguridad Pública y Justicia, el Sub Director de Gestiones, Operaciones y el Jefe de la División de Registro de las Empresas Privadas de Seguridad, ni sus familiares en primer grado de consanguinidad o afinidad. Además, estará prohibido durante los tres años posteriores de haber cesado en sus funciones.

Si bien la ley ha impedido a los policías en función, ejercer labores de seguridad privada, desde hace algunos años funciona en el seno de la PNC el programa Bolsa de Trabajo Policial. El participar en este programa es de forma voluntaria, y se debe tener un expediente de disciplina limpio y justificaciones de las necesidades económicas. Los policías inscritos son citados a dar seguridad en cual principal objetivo es para labores de seguridad en espectáculos y actos masivos. Los contratos se llegan a realizar por medio de la Fundación de Bienestar Policial, que es una entidad que se encarga de entregar al oficial el pago por la seguridad prestada en determinado establecimiento o espectáculo. Del pago total, se les retiene el 10% del impuesto de la renta. La fundación no obtiene ninguna remuneración económica. Actualmente, el 10 por ciento de la plantilla de la PNC (unos 1900 policías) están inscritos en este programa.