La inseguridad y la seguridad privada



La seguridad privada aparece debido a que la solución que tanto ha buscado la sociedad ante el problema que han tenido con la inseguridad, por esto mismo, los empresarios de seguridad privada les proponen brindarles a través de sus servicios profesionales, lo que sería una buena opción para colaborar con las funciones del servicio de la seguridad pública y reducir así el riesgo que sufre la población al ser parte de la estadística criminal. 

 

En estos tiempos de inseguridad en los que vivimos en México, necesitamos todas las corporaciones policiacas públicas del país que se nos puedan unir y porque no, también la seguridad privada, ya que estas pueden llegar a ser contratadas por la seguridad pública en algunos casos como apoyo a las diversas tareas operativas. 

 

La demanda de los servicios de seguridad privada en México continua incrementándose en los estacionamientos, en las áreas públicas, en los supermercados, en los centros comerciales, en las tiendas de conveniencia, entre algunas otras; por lo tanto, sabemos que existe un gran aumento en la contratación de los guardias de seguridad, también buscan contratar los sistemas de cámaras de circuito cerrado de televisión (CCTV), o bien los sistemas de alarma ya sea con respuesta armada o no,  controles de accesos ya sea para oficinas o bien algunos otros edificios, etcétera. 

 

Además, debemos de tomar en cuenta lo siguiente: las empresas de seguridad privada tienen el deber de cumplir con las disposiciones legales, esto con el fin de que estas mismas puedan prestar sus servicios, para esto debemos entender y conocer algunos de sus aspectos importantes en esta materia, primeramente, debemos mencionar lo que establece la Ley Federal de la Seguridad Privada, como, por ejemplo, el artículo 2 dice que se entiende por el concepto de Seguridad Privada: 

 

La cual es una actividad que se encuentra a cargo de los particulares, la cual deberá estar autorizada por parte del órgano competente, esto con el objetivo de desempeñar las acciones que se encuentren relacionadas con el ámbito de la seguridad en materia de protección, custodia, vigilancia,  información; instalación, la operación de sistemas y los equipos de seguridad bienes inmuebles, muebles o valores incluidos su traslado; a su vez aportar datos para la investigación de los delitos y apoyar a la seguridad pública, en caso de siniestros o desastres, en su carácter de auxiliares. 

 

Es importante que mencionemos que los servicios de seguridad privada pueden ocurrir en diversas modalidades, según lo indica el artículo 15 de la Ley el cual dice que 

Es el deber de la Secretaría, por conducto ante la Dirección General, el autorizar los servicios de Seguridad Privada, cuando éstos se estén prestando en dos o más entidades que sean federativas y a según a las modalidades siguientes: 

 

Seguridad privada para las personas, esta consiste en lo que es la protección, la custodia, el salvaguardar, defender la vida y la integridad corporal del contratante; 

Seguridad privada en bienes materiales, esta se refiere al cuidado y protección que se brinda a los bienes muebles e inmuebles; 

Seguridad privada en traslado de valores, esta otra consiste en lo que es la prestación de servicios de vigilancia, cuidado en el traslado de bienes muebles e inmuebles valores incluido en esto su traslado; 

Los servicios de alarmas y los de monitoreo electrónico. Para la instalación de los sistemas de alarma ya sea en los vehículos, o bien ya sea en las casas, u oficinas, para las empresas y en casi todo tipos de lugares ustedes desean que se protejan y vigilar, desde a partir del aviso de los que prestan los servicios, así como también recibir y administrar las señales que son enviadas a la central que se encarga de monitorear los sistemas, y a su vez dar aviso de las autoridades pertinentes, como también a los usuarios de los sistemas y a los equipos, así también a los prestan los servicios de seguridad privada, de forma inmediata; 

La seguridad de información. La cual consiste en preservar la integridad y la disponibilidad de la información del prestador de servicios, esto a través de los sistemas de administración de la seguridad, así como también la protección de las bases de datos, las redes locales, las redes corporativas y las redes globales, los sistemas de cómputo, las transacciones que sean electrónicas, así como también el respaldo y la recuperación de toda la información mencionada previamente, así sea ésta documental, electrónica o bien multimedia; 

Los sistemas de prevención y las responsabilidades. Con esto se refieren a la prestación de los servicios para poder obtener los informes de los antecedentes, la solvencia, la localización o bien las actividades de las personas. 

Cualquier actividad que se encuentre vinculada con los servicios de seguridad privada. Con esto nos referimos a la actividad que está relacionada ya sea de manera directa o indirecta con la instalación o la comercialización de los sistemas de blindaje en cualquier tipo de vehículos automotores, y también de los equipos, los dispositivos, los aparatos, los sistemas o procedimientos técnicos que son especializados. 

 

Por su parte el artículo 16 hace referencia de que, para prestar los servicios de seguridad privada en solamente dos o más entidades federativas, para esto se requiere de una autorización previa y cumplir con los requisitos que fueron previamente establecidos según el título tercero de la Ley.  

 

Así también, el artículo 18 nos dice que para que se dé el desempeño de las funciones del personal operativo, los empleados deberán de carecer de antecedentes penales, también deberán ser mayores de edad y estar debidamente inscritos ante el Registro Nacional del Personal de Seguridad Pública, entre algunos otros. 

 

También es importante mencionar que las empresas que se encargan de prestar los servicios de seguridad privada, sin importar cualquiera que sea de las modalidades anteriormente mencionadas, estas cuenten con personal debidamente capacitado y certificado ante un adecuado profesionalismo en todos los temas que estén relacionados con la seguridad privada, como por ejemplo: el marco legal, las acciones de apoyo a la primer persona que responda, una cadena de custodia y la preservación del lugar de los hechos o del hallazgo para poder tomar las huellas o cualquier otra pista que puedan hallar, también los distintos sistemas de seguridad, los controles de accesos, el uso de radios y claves, los instrumentos que no son letales, contar con un plan ante cualquier situación de emergencia que se les presente, la protección civil, los procedimientos para rutas de evacuación, muy importante la seguridad e higiene en lo que es la investigación, saber del desarrollo y el uso de las nuevas tecnologías, saber del ámbito de la criminalística, saber de relaciones públicas y humanas, los derechos humanos, entre algunas otras. 

 

Lamentablemente, en la industria en sí misma, existen dos tipos: una que labora de manera informal que hasta el día de hoy ha sido muy difícil de combatir y la otra que sería la del sector formal que son las que trabajan duramente para tener así un crecimiento de manera correcta y profesional. Las empresas que se encuentran trabajando por fuera del margen de la ley lamentablemente están siendo contratadas por algunos particulares, por condominios y por algunas pequeñas empresas que lo que buscan son los bajos costos que estas les puedan ofrecer y si bien encuentran un nicho en esas que les ofertan los precios más bajos, pero también con servicios de mala calidad, lo cual los hace correr con un alto con riesgo. 

 

Los servicios de seguridad privada en México en los próximos años podría lograr avances importantes, pero cabe mencionar que en este caso, el Gobierno es quien tiene que hacer el trabajo preventivo de la seguridad, esto con el fin de que el pueblo se encuentre completamente seguro, ya que el papel en  mismo de la seguridad privada es solamente una opción para así elevar los niveles de seguridad, de manera preventiva y no reactiva, por esto mismo, es que se debe trabajar en el diseño de los sistemas preventivos de la seguridad pública.